“Método de tortura de la mafia” y “ritual de tribus antropófagas” son algunos de los términos que utilizaron los jueces del Tribunal Oral N° 8, Javier Anzoátegui y Luis María Rizzi, sobre el caso de la interrupción legal del embarazo a una niña que fue violada, mientras que también opinaron de manera peyorativa sobre la violencia de género. Este miércoles, el Consejo de la Magistratura los sancionó con el descuento del 50% de su sueldo por el contenido misógino de algunos de sus fallos.
La decisión fue tomada en el plenario del Consejo. La sanción a Anzoátegui fue aprobada con 18 votos y la disidencia de la consejera abogada que representa a Juntos por el Cambio Jimena de la Torre y la de Rizzi sumó, además, el voto negativo de los jueces Diego Barroetaveña y Agustina Díaz Cordero.
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Así, se determinó que el dinero que se les descontará, por única vez, a ambos magistrados se destinará “como reparación” a una de las víctimas de su accionar. “Las expresiones de los jueces fueron agraviantes para la víctima y para su madre y los profesiones que la acompañaron. A las victimas se las debe tratar de manera respetuosa, humana y no revictimizándolas”, expresó el senador radical Eduardo Vischi, que elaboró el dictamen aprobado.
Por otro lado, a ambos magistrados se les impuso cumplir con la denominada “Ley Micaela”, sancionada en 2018, que exige “la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías”.
Sobre este motivo, la resolución explica: “a los efectos de procurar la debida actualización en materia de perspectiva de género”.
“Es necesario destacar que la sanción de hoy es el cumplimiento de los principios y valores fijados por la Constitución y los tratados internacionales”, agregó el senador Vischi. En tanto, afirmó: “Si bien la multa es simbólica, hay que destacar el cambio de paradigma que esto significa”.
El contenido de los fallos
En fallos emitidos desde 2020 ambos jueces calificaron a la interrupción legal del embarazo como “método de tortura de la mafia”, lo definieron como “ritual de tribus antropófagas” y opinaron de manera peyorativa sobre la “violencia de género”.
Los jueces también manifestaron, al fundamentar una condena contra un hombre que había asesinado a una mujer, que se descartaba la aplicación de la figura del femicidio porque consideraron que la expresión “violencia de género” encierra un concepto “inasible” y “oscuro”.
En un fallo dictado en 2020, el Tribunal decidió condenar a un hombre a la pena de 35 años de prisión por homicidio simple en concurso real con abuso sexual con acceso carnal de una niña de 13 años -su hermanastra-, mediante violencia y amenazas, y agravado por haber sido cometido por un hermano, con armas y reiterado.
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Allí, pidieron investigar a los médicos por realizarle un aborto legal a la víctima, y los calificaron como “sicarios y asesinos a sueldo”.
El Consejo evaluó también la forma en que ambos identificaron a una mujer trans con términos como “el acusado” o “el imputado con tendencias homosexuales”. El Tribunal también había denominado “manual de salvajadas inhumanas” al Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo.
La postura de Vischi fue acompañada por el presidente del Consejo, Horacio Rosatti; los jueces Alberto Lugones y Alejandra Provítola; los legisladores Alvaro González, Roxana Reyes, Vanesa Siley, Rodolfo Tailhade, María Inés Pilatti y Mariano Recalde, el representante del Poder Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz; y los abogados Miguel Piedecasas, Fernanda Vázquez y Héctor Recalde, y los académicos Hugo Galderisi y Guillermo Tamarit.
FP /Gi